El análisis del nuevo proyecto de ley del impuesto a las Ganancias, que busca un alivio fiscal para más de un millón de trabajadores, comenzará a las 15 de hoy con las exposiciones que brindarán el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y la titular de la AFIP, Mercedes Marco del Pont.
La iniciativa para subir el piso salarial a partir del cual alcanzará este gravamen, y que lo fija en $150.000 brutos, se aplicará de modo retroactivo a enero de 2021. Esto significa que quienes hayan tenido descuentos por ese impuesto en enero, febrero y marzo recibirán un reintegro en abril, según informó el equipo técnico del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa.
Además, el medio aguinaldo (salario anual complementario) que se paga en junio y diciembre, en el caso de los asalariados con remuneraciones de hasta $150.000 brutos, quedará exento del tributo.
"Los mencionados beneficios, que fueron incorporados teniendo en cuenta pedidos de la CGT y legisladores tras mantener reuniones con el presidente de la Cámara, ya han sido validados con Ministerio de Economía y Afip", transmitieron desde la Presidencia de Diputados a través de un comunicado.
La devolución de los descuentos por Ganancias de enero, febrero y marzo sumará un beneficio adicional para los 1.267.000 trabajadores y jubilados que dejarán de pagar el tributo una vez que se apruebe la ley. Por ejemplo, un asalariado soltero y sin hijos con salario de $110.000 en bruto ($91.300 netos) cobrará el mes próximo un reintegro de $4.974.
Jubilaciones
El proyecto de reforma de Ganancias modificará el artículo 30 de la ley 20628 (de 2019) para elevar el monto mínimo no imponible. Con esa modificación, también los jubilados que perciben hasta ocho jubilaciones mínimas ya no pagarán el impuesto.
Actualmente los pasivos que no tributan son los que tienen un ingreso mensual equivalente a menos de seis haberes mínimos ($123.429). Con los cambios, se prevé elevar a $164.571 (ocho jubilaciones mínimas). El monto se actualizará según el índice de movilidad previsional, por lo tanto, en junio se incrementará.
Por otra parte, la reforma prevé "ampliar la deducción al concubino, cualquiera fuera el sexo, dándole al proyecto una perspectiva de género", algo que con la actual ley solo contempla al cónyuge. Asimismo, esta deducción será aplicable "para los integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo".